07/02/2017 -
Los tímidos avances en jornada y horario abiertos por la Orden DEF/1363/2016, de 28 de julio, por la que se regulan la jornada y el régimen de horario habitual en el lugar de destino de los miembros de las FAS, se han visto obstaculizados en la práctica por diversa normativa de aplicación directa en las unidades desarrollada con un punto de vista situado en las antípodas de la letra y el espíritu de esta orden ministerial, la cual recoge claramente que se debe compensar al personal militar por el tiempo de trabajo que excede el de la jornada laboral. Destacan, entre esta normativa tan restrictiva, las Orientaciones provisionales que para aplicar la orden ministerial ha emitido el Ejército de Tierra.
Por definición, un Estado de Derecho es aquel en el que todos los poderes que conforman el estado se encuentran sometidos a la autoridad de las leyes vigentes. En ese caso, el ordenamiento jurídico ayuda a realizar la fundamental tarea de garantizar y asegurar que esos poderes públicos se mueven y actúan siempre en el marco del Derecho. Cuando las autoridades o funcionarios tienen un sentido patrimonial de la Administración a la que sirven, considerando las garantías legales como meros obstáculos a salvar, se fomenta la confusión y el desconcierto y se crean complicaciones excesivas para el adecuado ejercicio de los derechos de los ciudadanos o administrados.